Error 9: Preguntar fuera del plazo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
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9. Preguntar fuera del plazo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
Suele ocurrir que, habiéndose establecido un plazo específico en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o en otro caso el general de 12 días para realizar consultas al órgano de contratación, el licitador realiza fuera de plazo su consulta o solicitud de información adicional.
En tales casos la decisión de contestar quedará al arbitrio del órgano de contratación.
Nótese que el respetar el plazo de los pliegos o el general mencionado para realizar las preguntas y su contestación dentro de cierto margen prudencial pretende garantizar que todos los licitadores tengan la misma información, incluida la contestación a las consultas formuladas, en el momento de preparar y presentar sus ofertas. Por esta misma razón no es conveniente precipitarse en la presentación de ofertas, porque pudiera ocurrir que se presente una oferta y con posterioridad se resuelva una consulta vinculante.
LA SOLUCIÓN
Planificar la licitación para poder realizar las preguntas cuando corresponde.