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* ¿Qué posibilidades existen para los trabajadores al cargo del cuidado de otras personas?
* ¿Qué trabajadores pueden acogerse a esta posibilidad?
* ¿Cuáles serían las ventajas?
* ¿Es posible despedir al trabajador por falta de asistencia al trabajo?
httpvh://youtu.be/O_SojOtgTGQ
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Socia en el despacho profesional “Melián Abogados” y Directora del Área de Derecho Laboral, en el que además de su coordinación, es responsable de los asuntos relativos a los Conflictos Colectivos, Convenios Colectivos, Expedientes de Regulación de Empleo, Reestructuración de plantillas, Protocolos de prevención de acoso laboral, etcétera, tanto en empresas Privadas como en empresas del Sector Público otros. Ha colaborado como ponente en diversos foros sobre las materias de su responsabilidad, autora de un gran número de artículos de divulgación jurídico-laboral y colaboradora habitual en diversos medios de comunicación en relación con su especialidad.