Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica
Escuchar este artículo ahora
Getting your Trinity Audio player ready...
|
En este vídeo hablamos de alguna de las reformas del código penal incluida en la Ley Orgánica 1/2015. Entre ellas destacamos el régimen de responsabilidad penal de la Persona Jurídica, y más concretamente de la necesidad de un sistema de prevención de delitos, o que delimite el riesgo de comisión de éstos, por parte de los empleados de la empresa.
Este plan de prevención puede ser desarrollado por el propio personal de la empresa o por personal externo cualificado, por ejemplo, abogados, en el caso de pequeñas y medianas empresas.
Aunque no existe obligación de implantar este sistema de prevención, sin embargo, no disponer de él implica la activación inmediata y automática del mecanismo de la responsabilidad penal de la persona jurídica.
A ésta y más información puedes acceder a través de este vídeo.