Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo
Escuchar este artículo ahora
Getting your Trinity Audio player ready...
|
Como una de las medidas alternativas al despido —y señalada como menos gravosa para el trabajador, ya que conserva su puesto de trabajo— el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores regula la modificación sustancial de las condiciones de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Con la reforma introducida por Real Decreto-Ley 3/2012, convalidada por la Ley 3/2012, incluye entre las materias susceptibles de modificación unilateral por parte del empresario la cuantía salarial, de modo que es posible que el trabajador vea reducido su salario mientras permanecen inalteradas el resto de sus condiciones laborales, entre ellos sin la correspondiente reducción de su jornada. Sobre los requisitos que deben concurrir para proceder a esta modificación del salario de un trabajador hablamos en el espacio jurídico de los lunes en Radio el Día.