Indemnización por Despido Improcedente: Conceptos que Integran el Salario Regulador
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La fórmula de cálculo de la indemnización por despido improcedente está contenida en la ley, y en distintas páginas webs, incluso oficiales como la del Consejo General del Poder Judicial, se ofrecen aplicaciones para realizar su cálculo, no obstante, no es una cuestión sencilla, por cuanto el primer paso para ello es determinar el salario que constituirá la base reguladora para su cálculo.
Aquí nos topamos con interpretaciones muy variadas de cada concepto retributivo y su naturaleza para ser considerado o no parte del importe que constituye el salario regulador a estos efectos.
Índice de Contenidos
¿Cuáles son las retribuciones que computan como salario a estos efectos?
En principio, todas las de naturaleza salarial. La consideración como salarial o extrasalarial de los distintos conceptos retributivos, depende no ya de su denominación en nómina, contrato o convenio colectivo, sino de lo que remuneren y compensen en realidad.
Tribunal Supremo respecto a lo que se considera salario
El Tribunal Supremo tiene establecido que:
«se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los periodos de descanso computables como de trabajo».
Seguridad Social
No son salario las indemnizaciones ni prestaciones de la Seguridad Social, están excluidos expresamente como tal por el art 26.2 del Estatuto de los Trabajadores.
No son salario las indemnizaciones ni prestaciones de la Seguridad Social Share on XPluses y complementos
Si tomamos una nómina no hay duda de que el salario base, las pagas extras, los complementos de antigüedad, gratificaciones voluntarias, pluses y complementos retributivos del puesto, son salario propiamente dicho, ahora bien, aquellos complementos, pluses, etc., que tienen naturaleza compensatoria de gastos en los que ha de incurrir el trabajador, no computan en el salario regulador del despido, por ejemplo el plus de transporte. Pero esta conclusión ha de alanzarse tras el estudio concreto de cada supuesto, atendiendo al contrato y al convenio colectivo.
La doctrina judicial es muy variada, así, por ejemplo, encontramos casos en los que no computan para el cálculo de la indemnización por despido improcedente ciertos pluses de vestuario y transporte de naturaleza extrasalarial al compensar realmente tales gastos que, conforme al Convenio Colectivo aplicable, no debían justificarse. No se puede deducir automáticamente que su naturaleza es salarial por tener cuantía fija, abonarse mensualmente (incluyendo las vacaciones) o cotizarse por ellos, pues tal forma de remuneración no denota sin más la inexistencia de los gastos que conceptualmente remuneran tales complementos.
La naturaleza salarial o extrasalarial de los pluses de transporte y vestuario depende, al margen de su denominación convencional, de que remuneren efectivamente esos gastos de transporte o de mantenimiento de la vestimenta profesional de los trabajadores.
La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 3 de mayo de 2017 reitera que:
«tiene cualidad salarial todo lo que el trabajador recibe por la prestación de sus servicios, con independencia de su denominación formal, su composición o de su procedimiento, o cualidad del tiempo al que se refiera. Añadiendo que el apdo. 1, Art. 26, Estatuto de los Trabajadores, contiene una regla general a la hora de considerar los conceptos de la nómina como salarios, al prescribir que se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los periodos de descanso computables como de trabajo».
Retribuciones en especie
También existen retribuciones en especie, por ejemplo, la asignación del uso de vehículo de forma particular (el valor puede ser el precio del renting mensual, por ejemplo), la manutención de comida, billetes gratuitos de viaje, o las primas de ciertas mejoras de la seguridad social como el seguro de vida, seguro médico y plan de Jubilación, mejoras voluntarias de la empresa, que son salario en especie del trabajador, conforme lo dispuesto en la Ley del IRPF.
Retribuciones variables
También integran el salario regulador las retribuciones variables como Bonus, incentivos etc. Cuando la retribución no es fija mensual sino varia mensualmente, se sumarían todas las percepciones brutas que hayan sido percibidas en los últimos doce meses anteriores al momento del despido, y se prorratearían para determinar el salario regulador. Cuando la retribución es fija e idéntica mensualmente, el salario regulador se obtiene de la última nómina anterior la despido, incluido el prorrateo de las pagas extras.
Resumen salario regulador indemnización por despido improcedente
Como resumen, podemos concluir que integrará el salario regulador de la indemnización por despido improcedente, todo abono en metálico o entrega en especie que se efectúe por la empresa al trabajador en el marco de una relación laboral, que sea una contrapartida del trabajo y no sean resarcitorio de gastos del trabajador.
Integrará el salario regulador todo abono en metálico o entrega en especie Share on X