Delegado Sindical. Garantías legales de esta figura
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Como primer paso aclaremos la confusión que pueda existir entre los términos Delegado Sindical y Delegado de Personal. El Delegado de Personal es elegido en un proceso electoral en la empresa o centro de trabajo, y ostenta la representación legal de los trabajadores en la empresa, denominado también representante Unitario.
Índice de Contenidos
El Delegado Sindical no es elegido en un proceso electoral, el Delegado Sindical es designado por la Sección Sindical que se constituya en el centro de trabajo.
Constituir Sección Sindical
Para constituir Sección Sindical y designar Delegado Sindical, en principio no hace falta ningún requisito específico de plantilla, pero para que el Delegado Sindical disfrute de los derechos y garantías previstos en la LOLS1Ley Orgánica de Libertad Sindical, en su el artículo 10, es preciso superar el umbral de 250 trabajadores, ya sea de la empresa o del centro.
Cuando no se alcancen el grado suficiente de representación, los delegados serán meros portavoces de la sección sindical, sin las garantías que dicho precepto dispone.
Para constituir sección sindical no hace falta ningún requisito específico de plantilla Share on XEl Delegado Sindical como representante de los trabajadores
Puede ser que el Delegado Sindical sea al mismo tiempo representante de los trabajadores (Miembro del Comité de empresa o Delegado de Personal), pero no necesariamente es así, en cuyo caso ya disfruta de las garantías legales que la ley establece para los representantes de los trabajadores, artículo 68 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.
Cuando los delegados sindicales, de secciones sindicales constituidas conforme al artículo 10 de la LOLS, no formen parte del comité de empresa, tendrán las mismas garantías que las establecidas legalmente para los miembros de los comités de empresa o de los órganos de representación que se establezcan en las Administraciones públicas, así como los siguientes derechos a salvo de lo que se pudiera establecer por convenio colectivo
Nivel de garantías de los representantes sindicales
Así las cosas, legalmente se equipara el nivel de garantías legales de los representantes sindicales con el de los representantes unitarios, de forma que los delegados sindicales que no formen parte del comité de empresa, se les reconoce derecho al mismo crédito horario que se atribuye a los representantes del personal, teniendo las mismas garantías que las establecidas para los miembros del comité de empresa.
El Delegado Sindical es designado por la Sección Sindical constituida en el centro de trabajo Share on XGarantías
De este modo tienen derecho a permisos retribuidos para el ejercicio de las funciones de representación, en los términos que legal o convencionalmente se pacten, permisos para la negociación colectiva y libertad de expresión, y además, entre otras, las siguientes garantías:
- Apertura de un expediente contradictorio en el caso de sanciones por faltas graves o muy graves;
- Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo en los casos de suspensión o extinción del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción;
- Protección especial frente al despido y a las sanciones durante el ejercicio de sus funciones de representación y dentro del año siguiente a la expiración de su mandato, cuando uno u otros se basen en el ejercicio de tales funciones;
- Prohibición de discriminación económica o profesional por el desempeño de las funciones de representación.
Mejoras
Hasta aquí la regulación mínima, no obstante, es habitual en el convenio colectivo aplicable, sectorial y/o de empresa, encontrar con que se regulan mejoras en cuanto a los requisitos mínimos legales que dispone al LOLS, otorgando las garantías a los delegados sindicales, aun cuando la sección sindical no alcanza los requisitos numéricos mínimos de la LOLS.
Notas
⇡1 | Ley Orgánica de Libertad Sindical |
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