España pierde otro arbitraje por los recortes a las renovables
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Por segunda vez, España pierde un arbitraje internacional en relación con el recorte de las subvenciones a las energías renovables. Fue el pasado 15 de febrero, cuando la Cámara de Comercio de Estocolmo emitió un laudo condenatorio por infracción de las protecciones de inversión del Tratado de la Carta de la Energía.
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De esta forma se obliga a indemnizar a un inversor institucional con domicilio en Luxemburgo, y presencia en siete instalaciones en Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia y Cataluña. La base de la condena está en los perjuicios causados a la entidad. Ya en el mes de mayo el CIADI, que es tribunal de arbitraje del Banco Mundial, falló en contra de este país.
Por segunda vez, España pierde un arbitraje internacional en relación al recorte de las subvenciones a las energías renovables. Share on XEn el Derecho español se recoge el arbitraje
El arbitraje es una figura contemplada por el Derecho procesal español, en la cual es posible especializarse gracias a un curso de arbitraje y solución de controversias. Nosotros recomendamos el que ofrece Thomson Reuters España. Pues bien, en esta ocasión los tres árbitros que fallaron contra España consideraron que este país debe pagar por los daños, si bien no en su totalidad, ya que se reclamaban 60,4 millones de euros.
Por el contrario, se ha impuesto un desembolso de 53,3 millones de euros, según fuentes del Ministerio de Energía. Las cuales manifestaron también estar estudiando la respuesta, para la cual tenían un plazo de un mes. Otros países como Alemania, Polonia, República Checa y Rumanía tienen laudos similares y con un desarrollo parecido.
Un segundo laudo arbitral contra España
Tal como se apuntó antes, se trata del segundo laudo contrario a los intereses españoles, después del que se dictara en mayo a favor de un fondo británico de infraestructuras, que condenaría a España a pagar 128 millones de euros por el mismo motivo de cambio del marco regulatorio. La sociedad demandante reclamaba 300 millones en esta ocasión, en la que el encargado de dictar el laudo fue el CIADI.
La entidad británica y su filial luxemburguesa habían solicitado el arbitraje en diciembre de 2013, invocando para ello el Tratado de la Carta de la Energía por el recorte de las subvenciones para sus tres plantas fotovoltaicas (dos de ellas en Castilla-La Mancha, y la restante en Extremadura), con una inversión comprometida de 935 millones. Ya conocida la sentencia del CIADI, se presentó la petición de reconocimiento del laudo ante el Tribunal Federal del distrito Sur de Nueva York.
Según el CIADI, ya antes España violó el artículo 10 de la Carga de la Energía
El Tribunal de Arbitraje del Banco Mundial declara en su laudo que España violó el artículo 10 de la Carta de la Energía, privando de un trato justo y equitativo al fondo de infraestructuras británico. Dicha sentencia se dictó por unanimidad de los tres árbitros, y fue especialmente contundente acerca de la legalidad de la transformación del marco regulatorio, como límite del derecho a regular del que disfrutan los Estados.
Con respecto a la reforma que dictó el que por entonces fuera Ministro de Industria, José Manuel Soria, la misma supuso el fin del antiguo mecanismo de primas a la producción. Este fue sustituido por los incentivos a la inversión, que tienen en cuenta toda la vida regulatoria de las plantas.