Cómo Cobrar una Factura a la Administración
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¿Cómo cobrar una factura a la Administración, si precisamente, uno de los principales problemas que tienen que enfrentar empresas y profesionales, especialmente en época de crisis, es el de la morosidad?
Índice de Contenidos
El plazo
La probabilidad de cobro de una deuda disminuye con el paso del tiempo, por esa razón es conveniente no dejar pasar demasiado tiempo sin reclamar esa deuda formalmente.
Cuando realicemos un servicio o o suministro o la ejecución de una obra para una Administración pública, es muy importante presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente dentro de los treinta días siguientes a la fecha de entrega de las mercancías, la prestación del servicio o la realización de la obra.
Es importante presentar la factura ante el registro de entrada dentro de los 30 días siguientes. Share on X
Conformidad
Naturalmente, la Administración tiene que dar su conformidad a la certificación de la obra, si es una obra o a la factura que se presenta, comprobando que efectivamente los bienes o servicios a los que se refiere han sido prestados tal y como se había pactado.
Si esa conformidad no se ha dado en el mismo momento de realizar las prestaciones pactadas, la Administración dispone de 30 días como máximo para dar esa conformidad.
Este plazo de 30 días, puede ser mayor si así se ha pactado en el contrato o así está dispuesto en alguno de los documentos que rijan la licitación, siempre que no sea manifiestamente abusivo.
Intereses de demora y costes de cobro
Desde que la administración da su conformidad, tiene otros 30 días para pagar y si la administración no paga en ese plazo, además del importe de la deuda se puede exigir el pago de intereses de demora y el pago de la indemnización correspondiente por los costes que ese impago haya causado.
Si la administración no paga en plazo se le puede exigir intereses de demora y costes de cobro. Share on X
Esta indemnización por costes de cobro, en los casos de demora, dará derecho a cobrar a la Administración una cantidad fija de 40 euros que se añadirá en todo caso y sin petición expresa a la deuda principal, además se podrá reclamar los costes de cobro debidamente acreditados que superen el importe de 40 euros.
Registro
Es importante presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente y dentro de los treinta días siguientes al momento en el que se ha realizado el servicio o la entrega de suministros, porque así podrás reclamar intereses a partir de la fecha de presentación de la factura en el registro correspondiente, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono.