Compliance Penal. Objetivos Empresariales y Cultura Ética
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Hablar de Derecho Penal es hablar de poder punitivo. Lamentablemente no hay nada como una amenaza de sanción directa para concienciar al órgano de administración de las empresas de la importancia de la prevención penal en la gestión empresarial. La necesidad de implantar modelos de prevención de delitos (compliance penal) es la base de una gestión diligente, y así se ha reconocido jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo.
Índice de Contenidos
Compliance penal y los beneficios
La empresa persigue una serie de objetivos empresariales para subsistir, crecer y desarrollarse, de ahí la importancia de las políticas ejecutadas al efecto por los departamentos competentes, sin embargo casi en el mismo plano de lo anterior debemos situar la implementación de una cultura de cumplimiento normativo y la persecución de objetivos legales por parte de ésta. Podría estar pensando que relacionar, por ejemplo, la obtención de los objetivos económicos con el cumplimiento normativo es un atrevimiento por mi parte, al fin y al cabo la empresa puede ser rentable exista o no un modelo de cumplimiento implantado en ella, y cierto es, un sistema de compliance penal no incide directamente en los beneficios que pueda obtener a día de hoy la empresa, pero sí que puede afectar en éstos en un futuro. Me explico.
Implantar modelos de prevención de delitos es la base de una gestión diligente. Share on X
Partimos de la idea de que el mero hecho de que exista una estructura organizativa es suficiente para ser un foco de comisión de conductas delictivas. Una empresa está compuesta por socios (en su caso), administradores, directivos y trabajadores que persiguen un fin común. La presión que ejerce la propia dirección financiera para la obtención de resultados supone incluso, en ocasiones, que los propios trabajadores puedan extralimitarse en sus actuaciones, pongamos un ejemplo, pensemos en los regalos de empresa. Podría pensar que un regalo, sin más, no supondría problema legal alguno para la empresa, pero qué ocurriría si ese regalo facilita la contratación de un servicio/producto o consolida la relación comercial con un cliente, la cosa cambia. ¿Quién no ha escuchado hablar de los regalos de lujo que realizan los laboratorios farmacéuticos a los médicos? Tras la modificación del Código Penal en julio de 2015 ¿Dónde se encuentra el límite legal entre regalos y soborno?
Ejemplos miles. Hechos puntuales, conocidos o no por el órgano de administración, que podrían acarrear problemas graves para la sociedad y para los administradores de ésta a título personal. Recordemos que la responsabilidad penal regulada en el artículo 31 bis del Código Penal debe interpretarse partiendo de las previsiones contenidas en la Ley de Sociedades de Capital, concretamente las relativas a la diligencia de los administradores de las sociedades mercantiles.
Sentencias y sanciones
El asunto reviste especial importancia, basta con echar un vistazo a las sanciones que prevé nuestra normativa para concienciarse de la necesidad de este tipo de sistemas en la organización. A modo de ejemplo, la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla el 14 de diciembre de 2015, en la que se condena a una empresa por un delito de falsificación de documento mercantil al pago de un multa de 1.000.000 de euros con la responsabilidad solidaria de los administradores y a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un periodo de 5 años, y ello por simular la adquisición de contenedores a modo de inversión con objeto de obtener subvenciones de la Comunidad Autónoma.
O bien, la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cáceres el día 8 de Mayo de 2016, en la que una sociedad dedicada a la actividad inmobiliaria resulta condenada por un delito de estafa al pago de una multa de 24.000 euros y al cierre temporal de la oficina desde la que operaba durante un periodo de 6 meses, además de la condena al propio Administrador de la inmobiliaria y a un tercero de dos años de prisión por el mismo delito cometido tras cobrar una doble comisión (al comprador y al vendedor) sin que lo supieran los afectados.
El Compliance Penal promueve el buen gobierno corporativo y la transparencia en la empresa. Share on X
Reflexión
Después de este breve recorrido por la jurisprudencia planteo las siguientes cuestiones a modo de reflexión:
- ¿Influyen estas condenas en la obtención de objetivos empresariales?
- ¿Inciden las sanciones económicas impuestas en las cuentas de resultado de las sociedades?
- Y por último, ¿Se ve afectada la imagen corporativa y el prestigio empresarial de la sociedad de cara a un futuro?
La desviación de la legalidad puede llegar a entenderse como un hecho normal, o quizás como un hecho necesario para la obtención de los fines establecidos por la sociedad o previstos, incluso, para el propio trabajador, cuyo salario puede que dependa directamente de ciertos objetivos fijados por la empresa. De ahí la necesidad de concienciar a administradores y altos directivos de la importancia de la prevención de delitos en el ejercicio de la actividad empresarial, apoyándose en un sistema desarrollado con la ayuda de profesionales que promueva el buen gobierno corporativo y la transparencia. El compliance penal.