Equipaje de viaje; Reclamación por pérdida
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Si una vez entregado el equipaje usted observa daño en el mismo, debe realizar la reclamación de inmediato, o por lo menos no más tarde de 7 días desde su recepción, o 21 días si fue entregado con retraso. Si transcurren 21 días y su equipaje continúa sin aparecer, se entiende que el mismo ha sido perdido, debiendo a partir de esa fecha reclamar a la compañía aérea por ello.
El limite de indemnización se fija en 1000 derechos especiales de giro (DEG), una medida internacional que equivale a unos 1.100 €, salvo que al facturar haya efectuado una declaración especial de valor de equipaje, abonando para ello una tarifa suplementaria.
En el caso de que tras su reclamación la compañía área no le conteste o Usted no esté de acuerdo con la cantidad fijada por aquella, dispone del plazo de 2 años para presentar su reclamación ante los tribunales. Se discute si además de esos 1.100 € se tiene derecho a más cantidad por daño morales, en ese sentido algún Tribunal Español ha considerado el mismo indemnizable aparte, pero el Tribunal de Justicia Europeo considera que en el término daño, que fija el convenio de Montreal para limitar la responsabilidad, están incluidos tanto los daños materiales como morales.





