Derecho Administrativo

El Contrato Menor Según la Junta Consultiva de Contratación Pública

No te voy a contar nada nuevo en relación con el contrato menor y la polvareda que —el texto literal primero y luego las distintas interpretaciones de dicho texto—, han levantado. Este es el esquema de cómo va la cosa siguiendo el criterio expresado por la por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado en sus Informes 41/2917, 42/2017 y 5/2018.

Algún tiempo antes, en otra entrada ya habíamos hecho el gráfico del contrato menor según el contenido literal del 118 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Andaba dándole vueltas a la necesidad de actualizar ese diagrama y se me ocurrió utilizarlo como gancho para entusiasmar a Pilar Batet (@mpbatet) a que se animara a escribir en nuestro blog como firma invitada.

Me contestó e hizo algunas observaciones como, por ejemplo, incorporar la información relativa a la publicidad. De camino, ya me anunció que andaba mascullando crear su propio blog sobre contratación pública. Al poco nació “La Parte Contratante“, el blog de Pilar Batet dedicado a los contratos públicos y del que ya hemos tenido algunas deliciosas entregas. Rigor, claridad y sencillez aderezadas con notas de humor. Totalmente recomendable. Gracias Pilar.

Total, que quedándonos sin la firma invitada aquí me tienen improvisando unas letras con las que aderezar este esquema que espero les sea de utilidad, y en cuya discusión también ha participado mi joven compañera de despacho y área, Claudia Cartaya, también en la contratación pública.

Esquema: Contrato menor según criterio de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado

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