Derecho Administrativo

¿Contrato o Convenio? Preguntas clave para orientarse

Probablemente, en más de una ocasión, habrás tenido que meterte en el complicado jardín de intentar explicar al personal de algunas entidades del sector público las sutiles líneas entre lo que puede ser objeto de convenio y lo que de ninguna manera puede serlo, y ha de ser tratado por la vía de la Ley de Contratos del Sector Público.

Aunque, lo difícil no es explicarlo, lo realmente problemático es que se entienda y que a partir de comprenderlo se puedan tomar decisiones acertadas. Por esa razón, en su día ideamos una especie de cuestionario basado en las normas, doctrina y jurisprudencia que distingue ambas figuras para ayudar a cribar aquellas situaciones que podrían ser tratadas a través de convenio, y las que irremediablemente habrían de ser tratadas como contratos sujetos a la Ley de Contratos del Sector Público.

Se trata, simplemente, de una herramienta que creo útil para ayudar a orientarnos, evitar errores y, al menos de entrada, tener algo de independencia a la hora de decidir qué camino tomar. Como siempre, abiertos a vuestros comentarios; particularmente los que ayuden a simplificar y mejorar la herramienta.

A la vuelta de las vacaciones se hace menos árido adentrarnos nuevamente en las cuestiones jurídicas si las desnudamos algo de su trascendencia y las envolvemos en imágenes, esta vez en forma de cómic. ¡No podemos evitarlo!

Diferencia entre Contrato y Convenio

Las preguntas que hay que hacerse para orientarse

  1. ¿Concurre en ambas partes un interés u objetivo público común?
  2. ¿El documento plasma una relación de colaboración?
  3. ¿Es cierto que ninguna de las partes obtiene un beneficio económico por realizar la actividad?

Si has respondido NO a, al menos, a una de las preguntas anteriores, mejor haz un contrato.
Si la respuesta ha sido a las tres preguntas anteriores contesta estas nuevas preguntas: 

4.- ¿Está previsto el pago directo o indirecto de un precio?
5.- ¿Está previsto el pago directo o indirecto a través de los derechos de explotación?
6.- ¿Es cierto que ese objetivo o interés público común no se plasma en el objeto social de la entidad privada?
7.- ¿La realización de las prestaciones las realizan también empresas de mercado?
8.- ¿La iniciativa para realizar la actividad parte de la entidad pública?
9.- ¿La entidad pública tiene el control de cómo se realizan las prestaciones durante su realización?

Si de las preguntas 4 a 9 anteriores has contestado, al menos, a 4 de ellas que , mejor haz un contrato.

Cómic «Convenio o Contrato»

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